Inauguración de la jornada.

La Cátedra Santander de Empresa Familiar de la Universidad de Jaén organizó una jornada sobre la ‘Planificación Fiscal del Patrimonio: ¿ocuparse de la herencia o preocuparse por el coste de los impuestos?’ que contó con las intervenciones de Emigdio del Toro y David Valdés, socio y asociado de Garrigues, respectivamente.

La jornada, celebrada en el Recinto Provincial de Ferias y Congresos de Jaén e inaugurada por la coordinadora de la cátedra, Rocío Martínez, y por el director de Santander Universidades Andalucía, José Antonio Cristóbal, estuvo dirigida a empresas familiares y a titulares de patrimonios no empresariales que se puedan ver afectados por el restablecimiento del Impuesto sobre el Patrimonio, y que deban planificar, desde un punto de vista fiscal, la transmisión inter vivos o mortis causa de su patrimonio.

En este sentido, durante la conferencia se analizó la incidencia del Impuesto sobre el Patrimonio en los propietarios de empresas familiares y qué requisitos se deben cumplir por estos contribuyentes (empresarios individuales, profesionales, propietarios de sociedades familiares) para conseguir la exención en el Impuesto prevista en la normativa.

Emigdio del Toro explicó que la relevancia práctica de la exención no se circunscribe sólo al menor coste fiscal que tiene en este impuesto, sino que las exenciones previstas en el mismo para la titularidad de bienes afectos a negocios (empresariales o profesionales) o de participaciones en sociedades (en determinados supuestos) son presupuesto de la aplicación de importantes reducciones en la base imponible de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, impuestos ciertamente más gravosos, cuyo devengo puede amenazar la continuidad de empresas familiares. Desde este punto de vista, se analizaron los requisitos previstos en la normativa para la aplicación de los beneficios fiscales y los criterios administrativos y de los Tribunales en la aplicación de los mismos, con incidencia en los patrimonios pasivos-tenedores de bienes inmuebles o de determinadas inversiones financieras.

Tanto el Impuesto sobre el Patrimonio como el de Sucesiones y Donaciones son impuestos cedidos a las Comunidades Autónomas, las cuales tienen reconocida capacidad normativa sobre determinados elementos de los impuestos, distintos, según los casos. En ejercicio de esa capacidad normativa, las Comunidades Autónomas han regulado determinados aspectos, con distintos alcances y no de manera homogénea. Esto ha conducido a una cierta "competencia fiscal" que ha provocado cambios de residencia, no siempre soportados ni justificados.

En este sentido, se analizaron las cautelas que la Ley establece para evitar los cambios de residencia "artificiosos". Asimismo, a lo largo de la ponencia se plantearon recomendaciones para intentar "acomodarse" a los planteamientos de la Administración.

Autor: Gabinete de Comunicación UJA (F.R.R.).

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